Artículo 5. La Asociación tiene como fines:
a) Defender los intereses de los vecinos, consumidores y usuarios, utilizando para ello los cauces establecidos en la legislación vigente.
b) Fomentar y promover la participación de los ciudadanos en la vida publica, en tanto que sujetos de derechos, con el fin de potenciar el bienestar social y mejorar la calidad de vida urbana, de preservar el medio ambiente urbano y natural. Fomentar y promover el asociacionismo entre los ciudadanos, consumidores y usuarios, la participación asociativa en los asuntos de interés general y el ejercicio de la participación ciudadana.
c) Establecer, mantener relaciones y obtener la adecuada representación en los organismos e instituciones de carácter público y privado que incidan en el campo de la actuación de la Asociación, colaborando con ellos en cuanto sea beneficioso para los intereses de los vecinos, consumidores y usuarios y de sus asociados.
d) Difundir y defender los valores de igualdad entre los ciudadanos, colaborar en la lucha contra las desigualdades existentes y especialmente en lo relativo al género; defender los sectores y capas sociales desfavorecidas y luchar contra la exclusión y polarización sociales.